En este artículo te contamos sobre dos herramientas que la plataforma tiene de forma nativa, los que puedes activar para trabajadores con licencia médica, en caso de que estén dentro de la gama de beneficios ofrecidos por el empleador. En contexto, estos beneficios realizan un aporte monetario en el pago de sueldo del trabajador, con el fin de disminuir el impacto salarial en el sueldo pagado.
Beneficios
En este apartado puedes ver los dos beneficios mencionados, los que siempre estarán visibles en la pestaña beneficios en la Ficha del trabajador. Si necesitas aplicarlos para tu proceso de sueldo, puedes activarlos siempre y cuando tengas el módulo de Remuneraciones.
Ten presente que solo debes aplicar uno de los beneficios por trabajador, dado que el proceso de pago considera solo uno de los cálculos para otorgar un monto en la liquidación.
En las siguientes pestañas encuentras más información sobre el cálculo nativo de ambos beneficios.
Subsidio 3 primero días de licencia médica
Este beneficio valorizará el pago de los 3 primeros días de licenciase en aquellas licencias menores a 11 días, donde estos días no son pagados por la entidad subsidiaria y así la remuneración del trabajador no se vea afectada por dicha ausencia.
Características del beneficio
- El beneficio puede ser aplicado todas las veces necesarias, siempre y cuando el trabajador este afecto a licencia médica. Incluso si tiene más de una licencia médica discontinua dentro del mes, el beneficio se otorgará por licencia.
- Al activarlo se aplica un haber en la liquidación con la valoración de los días del beneficio, pero no modifica los días reales trabajados.
- El beneficio se reflejará en un concepto de pago en la liquidación de nombre "Subsidio 3 primeros días de licencia médica" con el monto a cubrir.
- La configuración del ítem queda como un haber no imponible, pero si tributable, ya que la institución pagadora del subsidio cancelará lo que corresponde a esas instituciones.
Para llegar a este apartado debes ir al menú lateral > Empleados > Ficha del trabajador > pestaña Condiciones > Beneficios.
Para activar este beneficio debes editar la ficha, ir a condiciones y seleccionar la casilla. De esa forma una vez que se genere el proceso de pago, al trabajador se le asignara un ítem de pago con la bonificación otorgada.
Si necesitas modificar la fórmula del cálculo nativo de este concepto, te recomendamos levantar el requerimiento por medio de nuestro chat o al correo soporte@talana.com. Para más información sobre la parametrización de este concepto revisa el articulo Items formulados.
A continuación, revisaremos el cálculo nativo de este beneficio, con un ejemplo de renta bajo el tope imponible y otro para rentas sobre el tope imponible.
Cálculo: rentas sin tope de sueldo
Lo primero que debes considerar para este cálculo es la renta imponible del mes anterior con 30 días trabajados. Si no existe una liquidación anterior, toma el sueldo base que aparece en la ficha del trabajador.
*Recuerda revisar la configuración de los ítems que están dentro del total imponible, dado que solo aplicaran para el cálculo los ítems que tengan la casilla activa “mes de aviso” dentro de la configuración*
Lo siguiente es obtener algunos datos de los porcentajes de leyes sociales o aplicar la fórmula del (valor 2). Ya teniendo en mano ambos datos podremos determinar el valor del cálculo detallado a continuación:
Ejemplo práctico
Caso 1. Antecedentes:
- Liquidación con 30 días trabajados, mes octubre 2023, renta imponible sin tope de sueldo de $1.744.755.
- Trabajador presenta licencia médica por 7 días en el mes de noviembre 2023.
Fórmula
Valor 1: ((1.744.755/30) *3) = $174.476
Valor 2: (1-(0,07+ 0,1 + 0,0141+ 0,006+ 0,0144)) = 0,7955
Valor 3: $174.476 * 0,7955 = resultado final $138.795
Liquidación mes anterior con 30 días trabajados:
Liquidación actual con el beneficio aplicado:
Cálculo 2: rentas con tope de sueldo
La diferencia para este cálculo es que ya no debes tomar la renta imponible del mes anterior, si no que deberás considerar el tope imponible del mes actual del beneficio. Luego debes aplicar la fórmula del (valor 2), y ya teniendo en mano ambos datos podremos determinar el valor del cálculo detallado a continuación:
Ejemplo práctico
Caso 2. Antecedentes:
- Liquidación mes de noviembre 2023, con renta imponible topada.
- El tope imponible del mes de noviembre 2023 es de $2.983.612.
- Trabajador presenta licencia médica por 7 días en el mes de noviembre 2023.
Fórmula
Valor 1: ((2.983.612/30) *3) = $298.361
Valor 2: (1-(0,07+ 0,1 + 0,0141+ 0,006+ 0,0058)) = 0,80141
Valor 3: $298.361 * 0.80141 = Resultado Final $239.912
Liquidación con tope de sueldo y beneficio:
Beneficio mantiene renta liquida
Este beneficio permite que el trabajador mantenga su promedio de renta liquida lo más próximo al mes anterior de pago, con el fin de aminorar el impacto de la disminución salarial en el sueldo pagado con licencia medica.
Características del beneficio
- El beneficio puede ser aplicado todas las veces necesarias, siempre y cuando el trabajador este afecto a licencia médica, incluso con licencias médicas a mes completo o licencias médicas discontinuas dentro de un mismo mes.
- Al activarlo se aplica un haber en la liquidación con la valoración de los días del beneficio, pero no modifica los días reales trabajados.
- El beneficio se reflejará en un concepto de pago en la liquidación de nombre "mantiene renta liquida" con el monto a cubrir.
- La configuración del ítem queda como un haber no imponible pero si tributable, ya que la institución pagadora del subsidio cancelará lo que corresponde a esas instituciones.
Para llegar a este apartado debes ir al menú lateral > Empleados > Ficha del trabajador > pestaña Condiciones > Beneficios.
Para activar este beneficio debes editar la ficha, ir a condiciones y seleccionar la casilla. De esa forma una vez se genere el proceso de pago, al trabajador se le asignara un ítem de pago con la bonificación otorgada.
Si necesitas modificar la fórmula del cálculo nativo de este concepto, te recomendamos levantar el requerimiento por medio de nuestro chat o al correo soporte@talana.com. Para más información sobre la parametrización de este concepto revisa el articulo Items formulados.
A continuación, revisaremos el cálculo nativo de este beneficio con 3 ejemplos:
- Rentas bajo el tope imponible
- Rentas sobre el tope imponible.
- Beneficio en meses con 31 días.
Cálculo 1: rentas sin tope de sueldo
Lo primero que debes considerar para este cálculo es la renta imponible del mes anterior con 30 días trabajados. Si no existe una liquidación anterior, toma el sueldo base que aparece en la Ficha del trabajador.
*Recuerda revisar la configuración de los ítems que están dentro del total imponible, dado que solo aplicaran para el cálculo los ítems que tengan la casilla activa “mes de aviso” dentro de la configuración*
A continuación debes aplicar los datos expuestos en la fórmula (valor 2), considerando que la comisión AFP varía según la entidad a la que este afiliado el trabajador. Teniendo en mano estos datos podrás determinar el valor del cálculo que detallaremos a continuación:
Ejemplo practico
Caso 1. Antecedentes:
- Liquidación con 30 días trabajados, mes octubre 2023, renta imponible no topada de $575.000.
- Trabajador presenta licencia médica por 7 días en el mes de noviembre 2023.
- En este caso el trabajador no tiene comisión AFP.
Valor 1: ((575.000/30) *7) = $134.167
Valor 2: (1-(0,07+ 0,1141+ 0,006 + S/C AFP)) = 0,8099
Valor 3: $134.167 * 0,8099 = Resultado Final $108.662
Liquidación mes anterior con 30 días trabajados:
Liquidación actual con el beneficio:
Cálculo 2: rentas con tope de sueldo
Para este cálculo la fórmula se divide en dos fases. Debes considerar los siguientes datos:
- Renta sin tope mes anterior
- Renta imponible topada mes actual
- Formula valor 2, considerando la variación de la Comisión AFP
Teniendo en mano todos estos datos podrás determinar el valor de la fórmula detallada a continuación:
Ejemplo pr+actico
Caso 2. Antecedentes:
- Liquidación con 30 días trabajados, mes octubre 2023, con renta topada.
- Trabajador en el mes de octubre 2023 tiene una renta imponible sin tope de $3.351.186.
- Trabajador presenta licencia médica por 7 días en el mes de noviembre 2023.
- La renta imponible topada del mes de noviembre 2023, es de $2.983.612.
Fase 1 → Renta imponible hasta el tope
Valor 1: ((2.983.611/30) * 7) = $696.176
Valor 2: (1-(0,07 + 0,1141+ 0,006 + 0,0145)) =0,7954
Valor 3 : $696.176 * 0,7954 = $553.738
Fase 2 → Parte topada
Valor 1: ((3.351.186 - 2.983.611)/30) * 7) = $85.768
Total: $553.738 + $85.768 = Resultado Final $639.506
Liquidación del mes anterior:
Liquidación actual con el beneficio:
Cálculo 3: beneficio en meses con 31 días.
Para los meses con 31 días el cálculo sigue el mismo formato de los cálculos anteriores, con la diferencia de una modificación en el formato de fórmula ante los días de licencia, dado que el beneficio considera 30 días en su formulación de forma nativa. Por lo tanto en meses con 31 días aplica una resta en este factor. Para estos casos, ambas fórmulas quedan de esta forma:
Ejemplo práctico
Caso 3. Antecedentes: cálculo sin tope y mes con 31 días.
- Liquidación con 30 días trabajados, mes septiembre 2023, renta imponible no topada de $1.182.083.
- Trabajador presenta licencia médica por 15 días el mes de noviembre 2023.
Valor 1: ((1.182.083/30) *(15-1)) = $551.639
Valor 2: (1-(0,07+ 0,1141+ 0,006 + 0,0144)) = 0,7955
Valor 3: $551.639 * 0,7955 = Resultado Final $438.829.
Liquidación mes anterior con 30 días trabajados.
Liquidación actual con beneficio: como se puede visualizar, si bien los días de licencia son 15, aplicando la fórmula en el nuevo factor que descuenta un día el resultado final queda en 14 días, determinando un nuevo cálculo para los días de licencia, y ajustando la fórmula a 30 días.