De acuerdo a la Certificación 2025 para sistemas digitales de registro y control de asistencia electrónica, la contraparte y el trabajador deben ser notificados cuando la firma de un documento se haya llevado a cabo o esta haya sido rechazada, incorporando el motivo de rechazo según sea el caso.
El o las contrapartes y el trabajador serán notificados vía correo. En caso de la contraparte, este será notificado a su correo corporativo y, en caso del trabajador, a su correo personal, ambos registrados en la ficha de cada trabajador.
Los documentos que involucran esta notificación, son aquellos documentos generados a partir de plantillas de tipo “Contratos o Anexos”.
- Firma exitosa de un documento, en el que ambas partes (trabajador y contraparte) han llevado cabo el proceso.
- Rechazo de firma por parte de la contraparte (correo que le llegará al trabajador)
- Rechazo de firma por parte del trabajador (correo que le llegará al trabajador)
- Rechazo de firma por parte del trabajador (correo que le llegará a la contraparte)