Vacaciones Progresivas

Definición Ingreso a Talana Casos de uso

¿En qué consiste el feriado progresivo?

El beneficio de feriado progresivo o “vacaciones progresivas”, consiste en el derecho de todo trabajador a sumar un día de vacaciones, por cada 3 nuevos años trabajados para su actual empleador, siempre y cuando cuente con 10 años trabajados (120 cotizaciones previsionales) para el actual o anteriores empleadores.

Por lo tanto, para tener derecho a un primer día de feriado progresivo se debe cumplir con los siguientes requisitos:

a) Tener la base de 10 años trabajados, con el actual o anteriores empleadores (pueden ser continuos o discontinuos) 
b) Cumplir 3 nuevos años con el actual empleador.
Los días de feriado progresivo se agregan de forma permanente al feriado anual del trabajador, incrementándose en un día cada 3 nuevos años, siempre que no cambie de empleador.
Si el trabajador cambia de empleador perderá los días de feriado progresivo y el tiempo laborado solo le servirá para completar la base de 10 años ante el nuevo empleador.
Solo al cumplir 3 años de antigüedad con el nuevo empleador volverá a tener derecho a un primer día de feriado progresivo.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 68; Dictamen 4551/222 de 21/07/1995)

Antes de ingresar el dato para que el sistema calcule las vacaciones progresivas para el trabajador, debemos determinar e identificar cual es el dato que vamos a ingresar para el correcto calculo de sus días, y para eso utilizaremos el certificados de vacaciones progresivas que presenta el trabajador (que nos mostrará el tiempo trabajado a la fecha de presentación) y su antigüedad en la empresa (actual empleador).
Con esta información realizaremos un ejercicio muy simple que nos ayudará a determinar el tiempo trabajado en meses, que el trabajador tiene con otro empleadores.


¿Cómo obtengo el tiempo trabajado con otros empleadores?

Con el certificado en mano debes primero calcular la antigüedad del trabajador desde que está trabajando con ustedes y eso pasarlo a meses.
Luego, tomar hasta la fecha de presentación del certificado, los meses que el documento informa y restar el tiempo trabajado con ustedes, para obtener el tiempo trabajado con otros empleadores en meses, que es el dato que no conocemos (cálculo anterior).

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Comentarios

2 comentarios
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  • En el caso que el trabajador tenga otra fecha de ingreso reconocida para antigüedad el sistema no la considera y no se aborda ese caso.

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  • Hola Noelia! buen día.

    Muchas gracias por tus comentarios, nos ayudan a seguir mejorando!

    En este caso, para que se considere una fecha anterior a la de contratación, el campo correcto a utilizar es "Vacaciones reconocidas Desde", de esta forma el sistema considerará esa fecha ingresada para realizar el calculo al momento de completar los campos necesarios con respecto a los días progresivos.

    Con relación al campo "Fecha de contrato que se reconoce para indemnización por años de servicio" este campo, solo considera la fecha ingresada para conceptos de indemnización en el caso de un finiquito, más no para contabilizar las vacaciones, para ello debes utilizar el campo "Vacaciones reconocidas Desde".

    Saludos, que tengas un excelente día.

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